info@millennium.gal
Nos encargamos de ayudar con la prevención de blanqueo de capitales

Nos encargamos de ayudar con la prevención de blanqueo de capitales

Empresas implantación LOPD en Santiago

Prevención de blanqueo de capitales

La prevención del blanqueo de capitales se define como todas las medidas tendentes a evitar el blanqueo de capitales, que es el mecanismo usado por los delincuentes para disimular el origen ilícito de su patrimonio, introduciéndolo en la circulación legal del dinero. Con el blanqueo se pretende que el dinero conseguido de forma ilícita tenga una apariencia legal.

El blanqueo de dinero es un procedimiento que pretende esconder el origen real de aquellas rentas provenientes de actividades ilícitas.

Por eso, cuando no se puede justificar la procedencia del dinero, es cuando aparece la necesidad de blanquearlo. Ello obliga a quienes acumulan grandes cantidades de dinero de origen ilegal a buscar las vías para introducirlo en lo que podría llamarse “circuito monetario”. De esta forma pueden conseguir una rentabilidad sin necesidad de justificar su procedencia.

Junto con esta finalidad, también está la de esconder la identidad del verdadero propietario de los fondos que se pretenden lavar, con el objetivo de hacer más complicada la persecución penal y garantizar la impunidad de los participantes en los delitos que han generado el dinero sucio.

En España se aprobó la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, resultado de transponer una Directiva europea. Esta nueva ley pretende legalizar el funcionamiento del sistema financiero español y de otros operadores económicos, e impedir que se usen en el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.

Junto con esta finalidad, también está la de esconder la identidad del verdadero propietario de los fondos que se pretenden lavar, con el objetivo de hacer más complicada la persecución penal y garantizar la impunidad de los participantes en los delitos que han generado el dinero sucio.

En España se aprobó la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, resultado de transponer una Directiva europea. Esta nueva ley pretende legalizar el funcionamiento del sistema financiero español y de otros operadores económicos, e impedir que se usen en el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.

Los sujetos obligados son, entre otros:

  • Asesores fiscales, auditores de cuentas y contables.

  • Empresas de servicios de inversión.
  • Sociedades gestoras de entidades de capital-riesgo y las sociedades de capital- riesgo.
  • Profesionales que realicen actividades de cambio de moneda.
  • Empresas inmobiliarias y quienes realicen actividades de agencia, comisión o intermediación en compraventa de bienes inmuebles.
  • Notarios y los registradores de la propiedad.
  • Abogados, procuradores u otros profesionales independientes cuando participen en la realización o asesoramiento de operaciones por cuenta de clientes relativas a:
    • Compraventa de bienes inmuebles o entidades comerciales,
    • Apertura o gestión de cuentas corrientes, cuentas de ahorros o cuentas de valores,
    • Funcionamiento o la gestión de empresas
    • Cuando actúen por cuenta de clientes en cualquier operación financiera o inmobiliaria.
  • Casinos de juego.
  • Comerciantes de joyas, piedras o metales preciosos.
  • Comerciantes de objetos de arte o antigüedades.
  • Responsables de la gestión, explotación y comercialización de loterías u otros juegos de azar presenciales o por medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos.

Las obligaciones de la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales son:

Los plazos máximos para implementar un Canal de Denuncias compliance son los siguientes:

  • Elaborar un manual y una política de procedimientos que represente las medidas de diligencia debida que se deben adoptar.
  • Nombramiento de un representante ante el servicio ejecutivo de la comisión para la prevención del blanqueo de capitales.
  • Documentar el análisis de riesgo.
  • Someter las medidas de control adoptadas a un examen anual por un experto externo.
  • Realizar un plan de formación en prevención de blanqueo de capitales.

En Millennium, ayudamos a los sujetos obligados de la Ley de Prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (Ley 10/2010, de 28 de abril) a cumplir con las obligaciones que dicha ley establece para las empresas.

Protección de datos de empresas en Santiago

Ponte en contacto con Millennium, expertos en Prevención de Blanqueo de Capitales

Para más información sobre Prevención de Blanqueo de Capitales, contacta con nosotros. Te explicaremos todo lo que necesites saber y pondremos a tu disposición toda nuestra experiencia y formación, para brindarte de esta manera un servicio de máxima calidad.

Contactar

Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU. Sin embargo, los puntos de vista y las opiniones expresadas son únicamente los del autor o autores y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea o la Comisión Europea. Ni la Unión Europea ni la Comisión Europea pueden ser consideradas responsables de las mismas.